El caldén (Prosopis caldenia) es una leguminosa. Su
corteza es muy gruesa y rugosa. Prospera en suelo arenoso, árido y resiste
sequía, desarrollando un sistema radicular extremadamente profundo. Puede
alcanzar los 12 metros de altura, es de copa amplia y aparasolada, que
fácilmente alcanza los 15 metros de diámetro.
Las hojas del caldén son bipinaticompuestas, caducas, alternas y pequeñas. Su
ramaje es tortuoso, con espinas cónicas dispuestas de a pares en los nudos. Sus
flores son perfectas, completas, pequeñas y se agrupan en espigas pendulares
amarillentas de aproximadamente 5 a 8 cm de longitud. El fruto del caldén es
una vaina o chaucha carnosa achatada, a veces encorvada o espiralada de entre
10 y 15 cm por 1 cm, amarillenta con estrías violáceas. Su sabor es amargo y
astringente.
Los usos tradicionales de la madera de caldén son: leña, postes, varillas,
vigas, carbón, tablas para pisos (tarugos, parquet, adoquines), muebles
(rústicos, amoblamientos de cocina), marcos y contramarcos de puertas, ventanas,
persianas, umbrales, dinteles, colmenas, etc.
El bosque de caldén pampeano
El caldén es endémico de la República Argentina y único en el mundo.
Originalmente, el bosque de caldén se extendía desde el centro y sur de San
Luis, sudoeste de Córdoba y centro sur de La Pampa hasta el sur de Buenos Aires
y el noreste de Río Negro.
El bosque de caldén pampeano integra la Provincia Fitogeográfica del Espinal.
Recibe esa denominación porque la especie dominante y primordial recurso
autóctono del hábitat es el caldén.
El caldén es un símbolo de la geografía cultural pampeana. Considerado
patrimonio natural en La Pampa, está íntimamente ligado a la fisonomía y la
historia de la provincia. El escudo de La Pampa tiene un caldén sobre fondo
azul en su campo superior. Se le ha rendido homenaje en poesías y canciones. En
La Pampa da nombre a hoteles, restaurants, radios, estancias, agencias de
viajes, y hasta portales de internet.
El caldén era el principal recurso forestal de La Pampa, a punto tal que a
fines del siglo XIX y principios del siglo XX, su explotación dio lugar a la
fundación de varios pueblos como Quehué (cuyo primer nombre fue Caldén),
Conhelo, Rucanelo, Telén, y Loventué, entre otros. Solía ser el combustible
para las panaderías y las calderas de las locomotoras cuando el carbón inglés
escaseó durante la Primera Guerra Mundial. Según la revista "Caras y
Caretas" de 1906, 140 vagones cargados de leña de caldén (1.400.000
kilogramos) partían todas las semanas desde Toay, Santa Rosa, Rancul y otras
localidades pampeanas.
Desmonte, empobrecimiento y fragmentación
El bosque de caldén solía ser especialmente abundante en La Pampa, provincia
donde el referido bosque alcanzaba su mayor magnitud, unas 3.500.000 ha., lo
cual representaba el 24% de la superficie provincial.
La Pampa ha perdido más de las dos terceras partes de su bosque de caldén
original, y la fracción que aún resiste presenta marcados signos de
fragmentación, siendo muy difícil en la actualidad encontrar parches mayores a
1.000 hectáreas. Hoy solo resiste un remanente empobrecido, alejados de los
bosques prístinos originarios, que no supera el 1.600.000 ha., apenas un 11%
del territorio provincial.
El paso del ferrocarril por tierras pampeanas inició el proceso de degradación
del bosque original. Aquellos pueblos que en su momento surgieron gracias al
caldén ya no existen, atento la marcada disminución de la superficie del
bosque.
Luego, el sobrepastoreo, el fuego como herramienta de manejo para la obtención
de mejores pasturas para el ganado, la tala indiscriminada y el avance de la
frontera agrícola, aceleraron aún más el empobrecimiento del escaso bosque
subsistente. Esto impide que la masa boscosa pueda cumplir sus funciones
ecológicas y ambientales eficientemente. La pérdida del caldenal afecta además
a numerosas especies de la flora y fauna que necesitan de él para vivir
convirtiéndose así en un ecosistema sumamente vulnerable.
La necesidad de nuevas áreas protegidas
La pérdida de área boscosa y la deficitaria salud del caldenal pampeano, de lo
cual se ha dado noticia con creces en los últimos tiempos, no sorprende si se
tiene en cuenta la alarmante y constante reducción de la generalidad de los
bosques nativos en nuestro país. No solo la selva misionera, las yungas y el
bosque chaqueño son víctimas del desmonte, también lo es, con la misma gravedad
aunque menos difundido, el caldenal pampeano lo cual lo pone en estado
terminal.
El Bosque de Caldén clasifica entre las categorías de mayor riesgo (vulnerable
o amenazado) para su conservación en el documento de conclusiones del Primer
Inventario Nacional de Bosques Nativos elaborado por la Secretaría de Ambiente
y Desarrollo Sustentable de la Nación). Textualmente el informe determina que:
"(...) cuando se comparan los datos de este inventario con las
estimaciones de la superficie ocupada por los bosques originalmente se observa
una notable disminución de la superficie ocupada por los bosques (...)",
y agrega que "(…) en los últimos veinte años se perdió un 20 % de la
masa forestal del caldenal (…)" En los períodos 1999-2000 y 2005-2006, la
tasa anual de deforestación ha sido con arreglo al Informe del -0,82
%.
Se debe destacar que los bosques nativos cumplen un rol importantísimo en la
regulación del clima, la amortiguación de la caída del agua de lluvia y la
detención y prevención de procesos erosivos, además de brindar refugio y
alimento a la fauna que los habitan. De por sí el caldenal habita suelos
frágiles y arenosos susceptibles de degradación, por lo que su extinción
traería aparejado un grave empobrecimiento ambiental en razón de la erosión y
eventual desertificación.
Pocas áreas protegidas resguardan hoy porciones de los antiguos bosques: el
Parque Nacional Lihué Calel, Reserva Provincial Luro, Pichi Mahuida y
marginalmente la Laguna de Guatraché todas situadas en La Pampa. Esto no nos
sorprende, dado que el caldenal pampeano integra la ecorregión del Espinal, una
zona profundamente degradada en la Argentina y que adolece de insuficiente
tutela. Menos del 1% del espinal se encuentra protegido.
Resulta entonces necesario llevar adelante diversas acciones efectivas, a fin
de remediar la grave situación observada. El caldén es un árbol único en el
mundo y endémico de Argentina el cual brinda refugio y alimento a numerosas
especies animales. Pero sobre todo, es parte de nuestra identidad
cultural.
Por ello, urge la confección de un proyecto serio para la conservación del
bosque de caldén con un marcado perfil holístico. Es indispensable la
participación en dicho proyecto de especialistas en la materia, de la
ciudadanía y de toda organización no gubernamental que desee formar parte del
proceso.
Los espacios naturales tienden a ser cada vez más escasos y fragmentados en
nuestro país y los pocos que resisten, se ven constantemente amenazados por
intereses económicos diversos (soja, minería, represas). No hay otra opción
entonces más que resguardar lo poco que nos queda mediante la creación de
nuevas áreas protegidas. El bosque de caldén pampeano no escapa a ésta última
observación. Por ello, es sumamente conveniente para la salvaguarda del
caldenal pampeano la adquisición de tierras para la creación de nuevas áreas
protegidas.
Asimismo, es conveniente promover la protección del caldenal en tierras
privadas, a través de convenios celebrados a tal efecto, brindado incentivos a
los propietarios que se muestren interesados (por ejemplo, exenciones
impositivas).
La ley pampeana sobre áreas protegidas Nº 1.321 de 1991 no contempla instrumentos
privados de conservación ni incentivos económicos. Tampoco lo hace el Decreto
Reglamentario Nº 1.283/95. Sin dudas, una carencia que los legisladores
pampeanos deben revertir a la brevedad.
Ley Nacional N° 26.331: se abre el juego
La Ley de Presupuestos Mínimos de Protección de Bosques Nativos Nº 26.331
impone a todas las provincias el deber de realizar en el plazo máximo de un año
desde su sanción y a través de un proceso participativo, el Ordenamiento
Territorial de sus bosques nativos. Durante la realización del Ordenamiento
Territorial no se podrán autorizar desmontes. Una vez cumplido el año, las
provincias que no lo hayan realizado no podrán autorizar desmontes ni ningún
otro tipo de utilización y aprovechamiento de los bosques.
El Ordenamiento Territorial deberá zonificar los bosques en tres categorías:
· Categoría I (rojo): sectores
de muy alto valor de conservación que no deben desmontarse y que deben
mantenerse como bosque para siempre.
· Categoría II (amarillo): sectores
de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que si se
los restaura pueden tener un valor alto de conservación y no deben desmontarse.
En ellos se podrá realizar aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e
investigación científica.
· Categoría III (verde):
sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o
en su totalidad.
La Ley N° 26.331 establece diez criterios para analizar y zonificar los bosques
nativos: superficie mínima que necesitan las comunidades de especies animales y
vegetales para sobrevivir, vinculación entre diferentes ecorregiones, conexión
entre áreas protegidas, existencia de especies importantes, estado de
conservación, potencial forestal, potencial agrícola, importancia en la
conservación de cuencas, y el uso que le dan las comunidades indígenas y
campesinas para mantener su supervivencia y su cultura.
Si bien La Pampa ha venido trabajando desde hace tiempo en la conservación de
su bosque de caldén a través de su Subsecretaría de Ecología, la provincia aún
no ha cumplimentado con el deber que le impone la norma nacional referida de
realizar el ordenamiento territorial de sus bosques nativos, el cual se deberá
ver plasmado en la correspondiente ley provincial, previo cumplimiento de un
adecuado, ajustado y satisfactorio procedimiento participativo.
Desafortunadamente no es la única provincia que está en falta. Hasta el momento
solo Santiago del Estero, Salta, Corrientes, Misiones, Chaco, Jujuy y Santa Fe
han finalizado con el ordenamiento territorial de sus bosques, aunque no todas
por ley provincial.
La Ley N° 26.331 crea el marco normativo necesario para continuar con la tarea
de preservar nuestros bosques nativos y evitar que los desmontes acaben con
ellos. Las provincias deben cumplimentar con lo impuesto por la Ley a fin de
acceder al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los
Bosques. Dicho Fondo será distribuido anualmente entre las jurisdicciones que
hayan elaborado y tengan aprobado por ley provincial su ordenamiento de bosques
nativos. El dinero servirá en parte para compensar a quien no pueda utilizar su
propiedad con algún objetivo productivo. Esto sería novedoso para nuestro país
ya que se traduciría en la entrada en funcionamiento del primer sistema de pago
por servicios ambientales.
Conclusión
La Constitución Nacional en su artículo 41 consagra el derecho a un ambiente
sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Las autoridades tienen el
deber de velar por la utilización racional de los recursos naturales y
preservar la diversidad biológica. En adición, el artículo 41 establece que
todo ciudadano tiene el deber de preservar el ambiente. Cada uno de nosotros
puede desde su lugar contribuir a la conservación de los espacios naturales que
aún resisten, promover su expansión y conexión para evitar la
fragmentación.
Siguiendo los lineamientos impuestos por nuestra Carta Magna en materia
ambiental, todos y cada uno de nosotros - maestros, autoridades públicas,
empresarios, abogados, biólogos, estudiantes, amas de casa, jubilados,
empleados- tenemos la obligación moral de contribuir a la salvaguarda del
bosque de caldén pampeano. Esencialmente porque no podemos privar a las
generaciones futuras de apreciar y disfrutar de un hábitat único en el mundo y
patrimonio exclusivo de los argentinos.
¿Qué sabes del caldén/ tú, que lo has visto/ morir de pie en la pampa?/Sabes
que a veces llora,/ y a veces, canta.....?/Lo hiere el cortafierro/ la gubia lo
desgarra,/
y, lo mismo que el sándalo,/cuanto más lo golpeas es mayor su
fragancia. Juan
Ricardo Nervi. Poeta Pampeano.
Ana Di Pangracio, octubre 2009.-
FUENTES:
* Scarone, Marta Liliana. Degradación del caldenar en La Pampa, Desarrollo
Agroforestal y Comunidad Campesina, Salta Argentina. Mayo-junio 1993, Año 2,
Número 4. Boletín Proyecto GTZ, Desarrollo Agroforestal en Comunidades Rurales
del NOA.
* "Primer Inventario Nacional de Bosques Nativos, Segunda Etapa.
Inventario de campo de la Región Espinal. Distritos Caldén y Ñandubay. Informe
Regional Espinal". Dirección de Bosques, Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación. Febrero 2007.
* 100 árboles argentinos, Haene Eduardo, Aparicio Gustavo, Ed. Albatros, 2001.
* "Ha desaparecido más de la mitad del bosque de caldén en
Argentina". Por Pablo D'Atri5 de agosto de 2008. ECODIGITAL
www.ecodigital.org.ar
* Publicación Oficial "La Pampa en crecimiento", Subsecretaría de
Planeamiento, Gobierno de La Pampa.
* Ley N° 26331
* Ley Nº 1321
* Decreto Reglamentario Nº 1283/95.
* Constitución de la República Argentina.
www.parquesnacionales.gov.ar
http://www.ecologialapampa.gov.ar
www.leydebosques.org.ar